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lunes, 22 de septiembre de 2008

Plazo para oponer excepciones .Requerimiento de pago

Santiago, veintitr茅s de junio de dos mil ocho.
    
Vistos y teniendo presente:

    
1°) Que en estos antecedentes se ha ordenado la acumulaci贸n de los Ingresos N°9510-2006, 7374-2006; 4716-2006;

2°) Que, en el 3 er otros铆 de fojas 86, la ?Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.? solicit贸 la acumulaci贸n de esta causa con los autos N°6004-2006 del 8° Juzgado Civil de Santiago, en el que la demandante Municipalidad de San Felipe tambi茅n ha demandado ejecutivamente a V.T.R. Banda Ancha S.A. la resoluci贸n de derechos municipales impagos por concepto de apoyos en postaci贸n ubicada en el territorio Comunal de San Felipe. Conferido traslado por resoluci贸n de 11 de junio de 2006 (fojas 179), 茅ste fue evacuado a fojas 351;
3°) Que en el ingreso N°5910-2006 la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ha solicitado se cite de evicci贸n a don Cristi谩n Arnoldo Reyes en representaci贸n de Chilquinta Energ铆a S.A., a fin que comparezcan a defender sus derechos, renuncia y posesi贸n de la solicitante;
4°) Que, en lo que concierne a la materia del Ingreso N°7374-2006, aparecen las siguientes circunstancias:
a)  que el 11 de mayo de 2006 se interpuso demanda ejecutiva por la I. Municipalidad de San Felipe en contra de la Sociedad Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. El 15 de mayo de 2006 se la tuvo por interpuesta. El 27 de junio de 2006 la demandada opuso excepciones a la ejecuci贸n. El 11 de julio de 2006 se provey贸 al escrito de excepciones: ?no ha lugar por extempor谩neo?; y
b)  que el 15 de junio de 2006. en su domicilio de Avenida Andr茅s Bello N°2687, piso 14 de la comuna de Las Condes, y med iante c茅dula que dej贸 con una persona adulta que no se identific贸 ni firm贸, el Receptor Judicial se帽or Fernando Montenegro notific贸 a don Richard Buchi Buc, en representaci贸n de la Sociedad Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. el mandamiento de fojas 1, dej谩ndole copia ?y una citaci贸n? para que concurriera a su oficina de Pasaje Rosa Rodr铆guez N°1375, oficina 213, Santiago, el d铆a 16 de junio de 2006 a las 12:00 horas, ?a fin de requerirlo personalmente de pago?, y ?seg煤n a帽adi贸-, ?bajo apercibimiento de darlo por requerido de pago en rebeld铆a si no compareciera?;
5°) Que, en el caso en que el ejecutado no es habido
-como lo es el de la especie-, el Receptor le dejar谩 una c茅dula de espera. Desde el momento en que se deja la c茅dula de espera queda fijado en el lugar donde se har谩 el requerimiento o llamamiento de pago. Hasta que no se concluya el acto del requerimiento, no se habr谩 iniciado el plazo para oponer excepciones. Si as铆 no fuere, en los casos en que se practique la notificaci贸n mediante c茅dula de espera el ejecutado nunca tendr铆a derecho a la ampliaci贸n del plazo que contempla el art铆culo 159 del C贸digo de Procedimiento Civil, desde que la oficina del Receptor ha de hallarse en la comuna de asiento del Tribunal, conclusi贸n 茅sta avalada suficientemente por la Jurisprudencia de los Tribunales;
6°) Que lo dicho en los escritos de apelaci贸n contenidos en los Informes relativos a la acumulaci贸n de autos y a la citaci贸n de evicci贸n no alteran lo que viene decidido.
    
Por estas consideraciones, y atendido el m茅rito de estos antecedentes acumulados, se decide:

     a) que se revoca la resoluci贸n apelada de once de julio de dos mil seis, escrita a fojas 179, por la que no se hizo lugar por extempor谩nea a la solicitud de fojas 84, y, en su lugar, se resuelve que se tienen por presentadas dentro del plazo las excepciones opuestas por la ?Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.?, debiendo el Juez de la causa darles la debida tramitaci贸n y el consiguiente curso progresivo a los autos;
       b) que se confirma la resoluci贸n apelada de veinte de junio de dos mil siete, escrita a fojas 380, por la que se acogi贸 e l incidente de acumulaci贸n de autos solicitada en el Tercer otros铆 de fojas 86 por la ?Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.?; y
     c) que se confirma la resoluci贸n apelada de veintitr茅s de junio de dos mil seis, por la que no se hizo lugar a disponer la citaci贸n de evicci贸n solicitada a fojas 55.  
     
Reg铆strese y devu茅lvase,
con sus agregados.

    
Redacci贸n del Ministro se帽or Cornelio Villarroel Ram铆rez.  

    
N°5.910-2006
(acumuladas I. Corte N°7374-06; 4716-07)

 
 
 
 
 
 
Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro se帽or Cornelio Villarroel Ram铆rez e integrada por el Ministro se帽or Mario Carroza Espinosa y Abogado Integrante se帽or Carlos L贸pez Dawson

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