VISTO:
Atendido el merito de los antecedentes, SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil seis, escrita a fojas 8 y siguientes de esta carpeta, en cuya virtud se declara terminado por divorcio el matrimonio celebrado entre don MARCO ANTONIO VILLAGRA CASTRO y doña MIRIAM DEL CARMEN MALDONADO ULLOA, el día 10 de diciembre del año 1997, inscrito bajo el numero 991 del Registro de Matrimonios correspondiente al mismo año, de la Circunscripcioó del Registro Civil de Iquique.
Se observa a la Sra. Presidente del Comité de Jueces del Tribunal de Famila de Iquique, el haber suscrito las actas de las audiencias de los días 16 de junio y 26 de septiembre del año en curso, practica que no es aceptable en los tribunales, debiendo haber sido suscritas ellas por la Sra. Juez que intervino en la mismas, o, en su defecto, autorizadas por un ministro de fe de dicho tribunal.
Registrese y devuelvase.
Rol N" 317-2006--
MARIO ENRIQUE AGUILA INOSTROZA
Abogado U. Católica de Chile
http://aucia.cl
Puerto Montt
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