Puerto Montt, seis de febrero de dos mil nueve. Vistos: Atendido que el mérito de autos aparece que la audiencia de juicio en esta causa había sido fijada para las 11:00 horas y de acuerdo al registro de audio de la misma se inició dicha audiencia a las 10:52 horas, esto es, antes de la hora fijada y teniendo presente que las partes no comparecieron a la misma dicha anticipación en el inicio de la audiencia ha producido un perjuicio a las partes que debe ser reparado con la invalidación de la sentencia, con lo expuesto y lo dispuesto en el articulo 25 de la ley 19.968, de oficio se declara que se anula la sentencia en alzada de fecha doce de enero del año dos mil nueve, y en su lugar se declara que la causa queda en estado de que la Juez a quo no inhabilitada que corresponda proceda a fijar una nueva audiencia para la realización del juicio. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 6-2009.- |
lunes, 9 de febrero de 2009
Se anula audiencia de familia, por empezar antes de la hora
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muchas gracias por publicar los fallos, me han sido muy útiles para estudiar, ojalá sigan adelante...
ResponderBorrarmucha suerte y saludos